Pero en lo que respecta al licenciamento del mismo podemos destacar algunas diferencias con importantes consecuencias prácticas y filosóficas. Se pueden destacar 2 categorías principales de licencias libres:
- Licencias Robustas (tipo copyleft, ver ensayo de rms): imponen que los trabajos derivados se deben redistribuir con la misma licencia, sin añadir ninguna restricción adicional. Ejemplo: GNU General Public License (GPL).
- Licencias Permisivas: permiten la creación de trabajos derivados cambiando las condiciones de la licencia (por ejemplo, coger el código y crear a partir de él un producto cerrado). Ejemplo: BSD.
- ¿Qué licencia es más libre? ¿La que garantiza la libertad a los usuarios en las sucesivas modificaciones (copyleft)? ¿O la que garantiza la libertad a los desarrolladores (que podrían así integrar y distribuir código con licencias libres y propietarias)?
- ¿Cual es la mejor elección de cara a garantizar la existencia del procomún? ¿Podría con las licencias permisivas darse el problema de los free-riders (o la tragedia de los comunes) en el software?
Por ello, no es descabellado pensar que a pesar de existir la posibilidad de realizar proyectos cerrados a partir de licencias permisivas (y, como en un juego de suma cero, ello podría redundar en menoscabo del software libre), los incentivos para hacerlos abiertos son tales que -de momento- no tenemos el problema de los free riders en el mundo del software.
Para próximos posts (o como contribuciones vuestras a éste ;D) queda pendiente un análisis de los paquetes Debian con una y otra licencia, o incluso la cantidad de código licenciado con una y otra.
Transversalmente a estes 2 términos, se pueden analizar las licencias según sean o no compatibles entre sí. Nosotros, las analizaremos según sean o no compatibles con la GPL:
una licencia se considera GPL-compatible cuando no añade ninguna restricción adicional a las impuestas por ésta.
Como consecuencia práctica se tiene que el código con una licencia no compatible con la GPL, no puede integrarse con código GPL.
Tanto las licencias robustas como las permisivas pueden ser gpl-compatible (o no). Probablemente, uno de los casos más famosos es el de la licencia BSD. La BSD original, tenía como restricción adicional a la GPL que:
3. All advertising materials mentioning features or use of this software must display the following acknowledgement: This product includes software developed by the University of California, Berkeley and its contributors.
Siendo así, el código BSD no era GPL-compatible y no podía integrarse con ningún código de este tipo. Por ello se creó la licencia BSD modificada que elimina esta restricción, haciéndose de ese modo GPL-compatible (dando soporte legal a la integración con código GPL).
Con este post, espero haber aclarado el mapa de conceptos de licencias libres y su terminología.
Y como ejercicio final para comprobar lo que has aprendido, puedes intentar descubrir qué tipo de licencia tiene la distribución Jesúx 😉 .. y postearlo en los comentarios si lo deseas 😀
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