Leyendo un post de La pastilla roja me siento un poco defraudado. Un blog que es uno de mis referentes… y que en este caso es tan poco riguroso.
Lo principal que uno debe conocer cuando se enfrenta a su estudio, es que la propiedad intelectual es un mecanismo estatal que pretende incentivar la innovación y recompensar al creador. Nada más, pero tampoco nada menos. Y en eso se equivoca Sergio Montoro en este post. Él le otorga categoría de derecho natural. Y no. No es eso cierto. Dejémoslo claro. La propiedad intelectual no forma parte del derecho natural ni mucho menos, sino que forma parte del derecho positivo. Es decir, es una medida puesta por el Estado en aras de mediar entre los intereses públicos (que existan más y mejores medicamentos, programas de software, cultura, …) y los privados (la justa remuneración de los creadores).
Pero “las relaciones jurídicas y sociales dan forma a lo posible hasta convertirlo en lo real“. Y ése es el centro del debate. ¿Son adecuadas las relaciones jurídicas heredadas del industrialismo para la era de la información? Desde esta base es desde la que podemos empezar a discutir… ¿qué ocurriría si ese mecanismo ya no fuese válido? ¿qué si ya no sirviese para la labor para la que fue creado? El debate serio que debemos tener es ése, y no otro cualquiera cuasi-religioso. Porque lo que está en discusión es un sistema de propiedad intelectual adecuado a las condiciones del siglo XXI, no al del XIX.
Es tan necesario como debe ser riguroso, porque no es trivial el resultado del debate ni el mundo que se configura en torno a él.
Lo principal que uno debe conocer cuando se enfrenta a su estudio, es que la propiedad intelectual es un mecanismo estatal que pretende incentivar la innovación y recompensar al creador. Nada más, pero tampoco nada menos. Y en eso se equivoca Sergio Montoro en este post. Él le otorga categoría de derecho natural. Y no. No es eso cierto. Dejémoslo claro. La propiedad intelectual no forma parte del derecho natural ni mucho menos, sino que forma parte del derecho positivo. Es decir, es una medida puesta por el Estado en aras de mediar entre los intereses públicos (que existan más y mejores medicamentos, programas de software, cultura, …) y los privados (la justa remuneración de los creadores).
Pero “las relaciones jurídicas y sociales dan forma a lo posible hasta convertirlo en lo real“. Y ése es el centro del debate. ¿Son adecuadas las relaciones jurídicas heredadas del industrialismo para la era de la información? Desde esta base es desde la que podemos empezar a discutir… ¿qué ocurriría si ese mecanismo ya no fuese válido? ¿qué si ya no sirviese para la labor para la que fue creado? El debate serio que debemos tener es ése, y no otro cualquiera cuasi-religioso. Porque lo que está en discusión es un sistema de propiedad intelectual adecuado a las condiciones del siglo XXI, no al del XIX.
Es tan necesario como debe ser riguroso, porque no es trivial el resultado del debate ni el mundo que se configura en torno a él.
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